Grabar o no a los empleados durante la jornada laboral ha sido un tema que siempre ha levantado suspicacias, sobre todo desde la generalización del uso de las cámaras de seguridad para controlar la productividad de los asalariados. Estos dispositivos han servido para sacar a la palestra a trabajadores que no cumplían con sus funciones, que se ausentaban en demasía o que se dedicaban a sustraer materiales. Todo ello acciones que han afectado- y afectan- en mayor o menor medida al bolsillo del empresario.
Pero, ¿es legal utilizar cámaras para pillar al empleado? La respuesta es afirmativa. El Tribunal Supremo considera que la instalación de cámaras de videovigilancia para verificar el cumplimiento de las obligaciones del trabajador, no vulnera sus derechos fundamentales. De ahí que, en caso de que el trabajador realice un acto ilícito (por ejemplo un robo), la justicia pueda considerar las imágenes registradas.
Eso sí, el trabajador debe estar previamente informado de su instalación. O, lo que es lo mismo, las empresas deben avisar de la existencia de cámaras, mediante la colocación de un distintivo en un lugar visible (un letrero o un cartel). Esta acción genérica se considera suficiente para entender que los trabajadores están al tanto de su presencia, sin ser necesario ningún otro tipo de comunicación verbal o escrita. Con anterioridad, el Tribunal Constitucional añadía que se debía dar a conocer la finalidad de instalar estas cámaras en el puesto laboral, pero la sentencia del tribunal del 3 de marzo de 2016 recortó los requisitos para poder grabar a un trabajador.
Por otra parte, cabe recordar que el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores avala que el empresario pueda llevar a cabo una serie de controles para vigilar a sus asalariados. Si la empresa detecta algún tipo de incumplimiento puede sancionarle incluso con el fin de la relación laboral o despido disciplinario.
Sea como sea, las medidas de control deben respetar la dignidad de los trabajadores, tanto en el momento de adoptar la vigilancia como en su aplicación.
Detectives y vigilancia de trabajadores
Como te avanzábamos recientemente, el número de empresarios que contrata detectives ha ido en aumento en los últimos años. Pequeñas y grandes empresas recurren a investigadores privados como los de Detectib (servicio en toda España), con el fin de localizar pruebas para respaldar ciertos comportamientos laborales (robo de material, incumplimiento de funciones, competencia desleal…) y justificar despidos disciplinarios. En la mayoría de las ocasiones, la labor detectivesca sirve para complementar el trabajo de los abogados ante los tribunales.
Uno de los métodos que los investigadores tenemos a nuestro alcance es la utilización de una cámara oculta para vigilar a un trabajador. En este punto, es importante matizar que sólo un detective privado correctamente habilitado puede echar mano de este recurso y siempre por una causa motivada que respalde la investigación.
En un artículo anterior te contamos uno de los casos de hurtos internos que destapó nuestro equipo de detectives privados en Mallorca. La instalación de microcámaras en una céntrica cafetería de Palma desveló el origen de parte de la recaudación de la caja. Recuerda el caso pinchando en el siguiente enlace.