El pasado mes de septiembre Detectib presentó ante una comunidad multidisciplinar de profesionales su proyecto innovador sobre la implementación de la gestión de prevención de delitos en la empresa pública, en el marco del IX Congreso Internacional en Gobierno, Administración y Políticas Públicas GIGAPP. Durante la intervención, nuestra agencia de investigación privada y criminólogos, abordó la importancia de implantar estos sistemas basándose principalmente en los valores de la ética pública y en la firme lucha contra la corrupción. Como resultado, estableció una guía de referencia en la prevención de la comisión de delitos por parte de los trabajadores y de fiscalización de la actividad empresarial según lo establecido en el Código Penal.
De esta forma, la ponencia de Juan Carlos Delgado, director de Detectib, hizo hincapié en la necesidad de contar con un manual de cumplimiento normativo vivo y dinámico, apoyado en los principios de sensibilización y difusión de las reglas de comportamiento; en la revisión periódica de las actividades que podrían estar potencialmente afectadas por algún riesgo; en el establecimiento de controles adecuados al riesgo de las operaciones; en la segregación de funciones y apoderamientos; en la supervisión de los comportamientos; y en la actualización de las reglas tras posibles cambios normativos.
En este contexto, el análisis de los riesgos existentes pasó a considerarse uno de los principales aspectos para establecer el control necesario sobre las actividades de la empresa pública, al igual que otras actuaciones como la designación de un Órgano de Cumplimiento Normativo para velar por la implantación, el desarrollo y el cumplimiento del modelo de prevención implantado o la definición de un procedimiento disciplinario en caso de incumplimientos del manual. De entre el abanico de comportamientos con mayor necesidad de control (por su mayor probabilidad de ocurrencia) se profundizó en aquellos relacionados con los delitos de corrupción en los negocios; delitos informáticos; delitos relativos al mercado y a los clientes; delitos de insolvencia punible; delito de cohecho; delitos de blanqueo de capitales; y acoso sexual, laboral o mobbing. En la misma línea, se recogieron algunas de las actuaciones más propicias para evitar estos casos, como por ejemplo poner mayor atención a la regularidad de los medios de pago utilizados o a los pagos extraordinarios; a la facturación mediante aparatos automáticos (alteraciones o modificaciones); a los actos como bromas o insultos relativos al sexo, raza, edad, religión… a la utilización de datos reservados, entre otros.
Asimismo, se trató la importancia de relacionar otros sistemas de Prevención y de Calidad con el Manual de Cumplimiento Normativo para conseguir su integración, a través por ejemplo de ideas y sugerencias del personal a la dirección, de encuestas al personal, del Código de Conducta, del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, de la auditoría del sistema de Gestión de Calidad según norma ISO 9001, de las Políticas de Protección de Datos/ Seguridad etc.
De igual forma, se profundizó en la importancia de contar con un régimen adecuado de denuncias y respuestas para asegurar que todo acto susceptible de ser considerado como ilícito (con la consiguiente responsabilidad penal de la empresa pública) llega a oídos del Órgano de Cumplimiento Normativo o de su responsable (Compliance Officer), ya sea a través de denuncias de trabajadores a iguales o superiores o de directivos al resto de empleados. En cualquier caso, se destacó la obligación de garantizar la confidencialidad del denunciante y de asegurarle una completa indemnidad.
En este punto, también se trató la necesidad de garantizar todos los cauces para la resolución de los hechos y su uso de cara a mejoras en los sistemas de prevención y control. Del procedimiento sancionador se destacó su aplicación de acuerdo a las sanciones previstas en el convenio colectivo y en la normativa laboral vigente, bajo la supervisión del Órgano de Cumplimiento Normativo.
Como garantía de la efectividad de las distintas medidas establecidas para prevenir los delitos penales, se abordó la implicación de la empresa en la divulgación entre los trabajadores del Manual de Cumplimiento Normativo y en la formación de los empleados para prevenir los riesgos.