Una de las primeras preguntas que reciben nuestros detectives privados vía online o en nuestras diferentes sedes de investigación privada en Mallorca, Murcia y Barcelona (con delegaciones en toda España) es acerca de la validez de las pruebas de los detectives ante un juez. La respuesta hay que buscarla en tres ejes, que tocan desde el fruto de su trabajo (vídeos, documentos, fotografías) hasta la habilitación (o no) profesional y el respeto (o vulneración) de los derechos fundamentales.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que se trata de una profesión en la que el intrusismo también está presente. Falsos detectives copan las páginas de internet ofreciendo ilegalmente sus servicios y, por tanto, cometiendo una infracción considerada muy grave por la legislación actual. Los clientes no quedan ajenos a ello: contar con profesionales no habilitados en el ejercicio de esta actividad también supone un quebrantamiento. Por eso, antes que nada, si se quiere contratar los servicios de un detective privado, es importante asegurarse de su habilitación como tal. Es decir, que cuenta con la Tarjeta de Identificación Profesional o TIP, expedida por la Dirección General de la Policía. Las pruebas obtenidas por un falso investigador privado no son válidas ante un Tribunal.
En segundo lugar, hay que contemplar que “no todo vale” en el ámbito de la investigación privada. Existen unos límites que este profesional está obligado a respetar para que su informe sea considerado válido. Por ejemplo, la legalidad no permite investigar delitos perseguibles de oficios y prohíbe utilizar medios que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen o al secreto de comunicaciones (Ver qué no puede hacer un detective privado).
En tercer lugar, la legislación es clara sobre el valor judicial de los informes de un detective privado. La ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil reconoce su trabajo como una forma específica y distinta de prueba testifical, así como sus conclusiones y observaciones basadas en “conocimientos técnicos, científicos, artísticos o prácticos”. Además, el Tribunal Supremo lo considera “testigo cualificado” en un procedimiento judicial. El interrogatorio queda limitado a aquellas preguntas reflejadas en el documento.
Por último, no puedes obviar que la contratación de un detective privado debe responder a un interés legítimo (hacer valer un derecho legítimo y legalmente reconocido). Esto tacha de la lista aspectos como investigar a tu vecino del quinto porque te gusta o saber si tu socio es infiel para poder chantajearlo. Una investigación no es legítima si no está amparada por las leyes.